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Código de ética
RED DE MUSEOS Y CENTROS DE VISITANTES DE PANAMá

I. INTRODUCCIÓN

El Código de Ética es el instrumento diseñado para facilitar el cumplimiento y la puesta en práctica del mandato de los Estatutos de la Red de Museos y Centros de Visitantes de Panamá en el que se señala la Ética como un valor fundamental no solo para la membresía en sus diferentes categorías sino para todo el actuar de los grupos de Interés, incluyendo a: sus Directores, Director Ejecutivo, Administrativos y Comités. Asimismo, vincula a los Asociados en cuanto a su participación en las actividades desarrolladas y en todo lo que respecta a su vinculación con La Red de Museos de Panamá.

 

La RED DE MUSEOS Y CENTROS DE VISITANTES DE PANAMÁ (en adelante, La Red de Museos) promueve la actividad museológica en el país hacia estándares de excelencia, favorece el desarrollo profesional de sus miembros, las sinergias entre ellos y el desarrollo de políticas públicas, proyectos y alianzas colaborativas nacionales e internacionales. Las acciones tomadas por cualquier miembro de La Red de Museos, asícomo de cualquier director, colaborador o grupos de interés tales como aliados estratégicos o partes relacionadas pueden afectar a los miembros y a la comunidad en su totalidad. Entendemos el Código de Ética como un conjunto de pautas de conductas corporativasrespaldadas por valores y principios que constituyen su marco ético.

 

La Red de Museos se compromete a que esté al alcance y conocimiento de sus grupos de interés, para así difundir la ética profesional y capacitar en la materia a sus miembros y colaboradores. Se entiende que el mismo es una primera aproximación, por lo cual, no es exhaustivo, es perfectible y sujeto a revisiones o modificaciones periódicas, par aactualizarlo.

II. OBJETIVOS

El Código de Ética es el instrumento elaborado con el objeto de:

  • Dilucidar, resolver dudas y conflictos de tipo ético profesional.

  • Facilitar la resolución de dilemas éticos de la membresía.

  • Analizar y clarificar opciones de acción.

  • Configurar, evaluar y sancionar las eventuales infracciones a los principios éticos profesionales.

 

Se entiende que este Código de Ética cubrirá las actividades de todos los miembros de La Red de Museos, sus colaboradores y otros grupos deinterés incluyendo aliados estratégicos.

 

III. DE LOS VALORES Y PRINCIPIOS La Red de Museos tiene como visión ser el principal referente de la excelencia en museos y catalizador de proyectosy políticas públicas museológicas de Panamá y se rige por los siguientes Valores y Principios:

 

Artículo 1. Responsabilidad, Servicio y Conciencia Pública

Las actividades de la Red de Museos deben conducirse en bien de otros, ya sea para el gran público como para un segmento particular de ese público.

• El dinero público o donado no debe malgastarse, deben ser tratado con la mayor de las seriedades, como si se tratara del tesoro público.

• Los miembros de la Red deben reconocer que su conducta y sus actividades generan un impacto en la percepción pública de la propia Red y otras ONG y que comparten la responsabilidad por la confianza pública de las ONG.

• Los miembros de la Red de Museos deben exhibir una actitud de servicio y responsable hacia el mundo circundante en todas sus actividades, mostrando sensibilidad y respecto a los valores morales, religiosos, costumbres, tradiciones y culturas de las comunidades a las que sirven.

 

Artículo 2. Cooperación más allá de cualquier frontera

La Red de Museos de Panamá y sus miembros deben trabajar más allá de límites políticos, religiosos, culturales, raciales y étnicos, dentro de los límites de sus documentos orgánicos y con aquellas organizaciones e individuos que comparten valores y objetivos comunes.

 

Artículo 3. Veracidad y legalidad.

Los miembros de La Red de Museos deben ser honestos y veraces en sus acuerdos, con sus donantes, beneficiarios de sus proyectos, el personal a cargo, los miembros, las organizaciones asociadas, el gobierno, y el público en general, y deberá respetar las leyes de cualquier jurisdicción en la cual actúe.

 

Artículo 4. Transparencia.

• La Red de Museos y sus miembros deben ser transparentes y rendir cuentas ante las personas e instituciones con y para las que se trabaje, ante las que les apoyen y ante la sociedad en general, buscando siempre la mayor eficacia y eficiencia en el uso de los recursos.

• La información básica financiera, la estructura gobernativa, la lista de actividades, de dirigentes y socios deber estar abierta y accesible al escrutinio público y esforzarse en informar al público acerca de sus trabajos y del origen y uso de sus recursos.

 

Artículo 5. Independencia

Somos una organización no gubernamental aconfesional y apartidista que lleva a cabo su misión respetando la libertad e igualdad de todas las personas con las que trabajamos.

 

IV. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 6. Integridad

Los miembros de La Red de Museos así como susdirectores y colaboradores en todas sus modalidades de contratación, deben ceñirse a lo que establece la Ley que en cuanto al manejo de bienesculturales patrimoniales, intelectuales, muebles o inmuebles, materiales e inmateriales.

 

Artículo 7. Sin fines de lucro

La Red de Museos es una Organización no Gubernamental y opera como una organización sin fines de lucro. Cualquier sobrante generado de sus operaciones solo ha de ser utilizado para ayudar a la organización a cumplir con su misión y objetivos. Ninguna parte de las ganancias netas de la ONG ha de habituarse en beneficio de directores, dirigentes, miembros o empleados de la organización, o de cualquier persona privada, excepto que la ONG pueda proveer una compensación razonable por servicios suministrados a la organización.

 

Artículo 8. Confidencialidad

Los miembros de La Red de Museos deben evitar el mal uso de la información confidencial de La Red de Museos, y acuerdan que cualquier información confidencial recibida sólo será utilizada a los fines de proveer o recibir servicios en virtud de los Estatutos y políticas de La Red de Museos. La obligación de guardar la confidencialidad que impone la presente cláusula permanecerá vigente aún después de la terminación de la relación con algún miembro y con independencia de su causa, por un plazo máximo de dos años. Se aplicarán las normas nacionales en materia de tratamiento de los datos personales.

 

Artículo 9. Evitar conflictos de interés

Se considera conflicto de interés aquella situación en que un director o colaborador de La Red de Museos posea o asuma compromisos que respondan a intereses u obligaciones externas o con terceros, ya sea de manera individual o formando grupos que pongan en riesgo su dedicación o inclusivesu pertenencia a la institución. Deberán ejecutar sus operaciones evitando incurrir en conflictos de interés que atenten contra actos transparentes, y en caso de que éstos sean sobrevinientes se obligan a revelarlos y a declarar los impedimentos de participación y/o gestión según elcaso de manera expresa, también se debe evitar actos que perjudiquen directa o indirectamente a la institución, y/o creen un antagonismo entre la conveniencia o interés personal y la lealtad con la misión de la institución. De existir conflicto de interés real, potencial o percibido, deberá comunicarse a la institución.

 

Artículo 10. Deberes

Los deberes de los miembros de La Red de Museos y sus grupos de interés además de fundamentar sus relaciones enlos principios y valores establecidos se comprometen a promover las mejores prácticas museológicas y actuación como miembros de la Red que incluyen:

  1. Aceptar cumplir con el Código de Deontología Profesional del Comité Internacional de Museos (ICOM) dependiente de la UNESCO, aprobado en la Asamblea General celebrada en Buenos Aires en 1986 y reafirmado por unanimidad de los participantes en la Asamblea General de Barcelona el 6 de julio de 2001, sistematiza recomendaciones anteriores del mismo ICOM (Deontología de las Adquisiciones, 1970) y de otros códigos a nivel internacional.

  2. Independencia en el ejercicio de la profesión ejerciendo en todo momento su trabajo con estricto nivel técnico, cuya preservación debe mantener a salvo de presiones y llevarle incluso a la denuncia de actuaciones contrarias al respeto que merece el patrimonio y a la renuncia de sus cargos si su ejercicio se muestra incompatible con su deontología profesional.

  3. Defensa prioritaria del Patrimonio a través de los inventarios, depósito, préstamo o intercambio de bienes, y todos aquellos movimientos que implican circulación de bienes culturales, y que ciertamente posibilitan el disfrute público de los mismos y lucha contra el tráfico de bienes.

  4. Cumplir con las leyes nacionales y participar activamente en la redacción y mejora de las políticas públicas relacionadas con instituciones museísticas y patrimonio material e inmaterial, natural o cultural.

  5. Fomentar su función educativa e interpretativa de las colecciones de las instituciones museísticas y con la máxima disposición de colaboración con todas las instituciones y organizaciones dedicadas a la educación, y fomentar la interacción con la comunidad y la promoción de su patrimonio forman parte integrante de la función educativa del museo.

  6. Cumplir con las Leyes de la República de Panamá y todas las buenas prácticas que combatan la corrupción incluyendo políticas antisoborno, prevención de blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo, defraudación fiscal y demás ilícitos de conformidad con las leyes aplicables vigentes y Tratados que le sean aplicables.

  7. Fomentar conductas de trato justo, respetuoso y digno para los colaboradores de los miembros de La Red de Museos.

  8. No tolerar y sancionar conductas de acoso, violencia o abuso laboral.

  9. Comprometerse a que en el ejercicio de la profesión y cumplimiento de sus deberes prevalezcan estándares de honestidad, integridady rendición de cuentas.

 

V. COMISIÓN DE ÉTICA

Artículo 11.

Este Código de Ética se mantendrá vigente y en cumplimiento no solo por las decisiones de la Junta Directiva sino por el funcionamiento de la Comisión de Ética que tendrá la tarea de actualizarlo según las mejores prácticas del momento así como la detomar decisión y hacer recomendaciones en esta materia. La Comisión propondrá los cambios para que la Junta Directiva los apruebe, instruya y comunique. Esta Comisión estará formada por cinco (5) miembros: un (1) director que represente a la Junta Directiva y cuatro (4) representantes de los miembros de LA RED DE MUSEOS (que reflejen la diversidad de miembros de La Red de Museos) por un período de dos (2) años. Las decisiones de la Comisión se tomarán por mayoría simple. Esta comisión se constituye por designación de la Junta Directiva.

 

VI.PROCEDIMIENTO Y DISPOSICIONES DISCIPLINARIAS

Artículo 12.

En caso de que un miembro o grupo de interés de La Red de Museos incumpla lo establecido en este Código de Ética se seguirá el siguiente procedimiento:

  • Un demandante asociado de La Red de Museos, podrá contactar a la Comisión de Ética, al correo electrónico eticaredmuseospanama@gmail.com.

  • Toda la información que se reciba por parte de esta Comisión será tratada como estrictamente confidencial y podrá entregarse anónimamente.

  • La Red de Museos no utilizará ningún mecanismo de amenaza o represalia que pueda evitar la utilización adecuada de este mecanismo de consulta.

  • En el correo debe señalar el problema y concurra con unrequerimiento que invoque una contravención ética de los principios de responsabilidad de este código.

  • La Comisión de Ética evaluará la demanda recibida, indagará sobre los cargos, recabará la opinión del afectado y, finalmente, emitirá un veredicto ético fundado.

  • Se seguirá un procedimiento de apelación en un período previamente determinado, en el cual el afectado presente sus descargos y/o desacuerdos respecto de la fundamentación del veredicto de la Comisión de Ética.

 

La Comisión de Ética tendrá la obligación de levantar un acta del veredicto final (dicho veredicto puede incluir la expulsión del miembro de la organización) y constará en acta de reunión de Junta Directiva. Los procedimientos de una evaluación ética no son una evaluación con consecuencias penales respecto de la conducta de algún asociado. Si hubiese consecuencias penales ellas corresponden a procedimientos establecidos en la justicia ordinaria, no en el Código de Ética.

 

Artículo 13.

La Red de Museos de Panamá a fin de preservar su buena reputación y de la de sus grupos de interés, se reserva el derecho de unilateralmente y sin necesidad de convocar a la Comisión de Ética, de decidir a través de su Junta Directiva a no aceptar, o bien no renovar, suspender o dar por terminado con anticipación contratos de patrocinio para diversas actividades de la Red, a entidades que estén siendo juzgadas a nivel nacional o internacional, y/o que hayan cometido flagrante violación al Estatuto y Código de Ética de La Red de Museos.

 

VI. DISPOSICIONES FINALES

Artículo 14.

Es deber de los miembros de la Junta Directiva, laComisión de Ética y todos los miembros que conforman la Cámara el conocer, aplicar y promover este Código así como participar activamente de sus actualizaciones en aras de mantenerlo vigente.

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